Las sociedades de papel no son exclusivamente aquellas que han sido creadas con objetivos ilegales, sino las que se permanecen en el papel, no efectuando la actividad para la que fueron constituidas. Es frecuente en estas organizaciones que debido a su inactividad, nos olvidamos de ellas y al pasar los años surgen problemas de tipo formal y legal relacionados con impuestos nacionales y municipales; además de desacuerdos y altercados con los socios.
Cuando se constituye cualquier tipo de sociedad, esta es responsable ante la DIAN al menos, de los impuestos de Renta, Retenciones en la Fuente y presentación de medios magnéticos (ver tip No1). Cuando dichas declaraciones no se presentan, existiendo el deber formal, en teoría somos omisos ante la Administración de Impuestos, lo cual nos podría acarrear sanciones por incumplimiento, además del pago de los impuestos dejados de cancelar, si fuera el caso, más los intereses moratorios.
Si tiene una sociedad de papel, haga los trámites necesarios para disolverla, dada la eficiencia creciente de las Administraciones de Impuestos Nacionales y locales.
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